Nueva normativa de etiquetado: alérgenos
Por la seguridad de los consumidores, es obligatorio proporcionarles información sobre alérgenos en los alimentos. Esto incluye sustancias producidas o derivadas de alérgenos o utilizadas en el procesamiento de los alimentos. Después de la entrada en vigor de la nueva normativa de etiquetado, las etiquetas deberán dejar bien claro si los alimentos contienen alérgenos. Para indicar la presencia de lactosa o frutos secos, habrá que cambiar la tipología, por ejemplo con un color diferente o en negrita.
14 alérgenos de obligada declaración en las etiquetas o el envase:
- Cereales que contengan gluten, como el trigo, centeno, cebada y avena
- Crustáceos, por ejemplo gambas, cangrejos, langostas
- Huevos
- Pescado
- Cacahuetes
- Soja
- Leche (incluida la lactosa)
- Nueces (almendras, avellanas, pistachos, nueces de pacana, nueces, nueces de Brasil y macadamia)
- Apio
- Mostaza
- Semillas de sésamo
- Dióxido de azufre / sulfitos, si son superiores a 10 miligramos por kilogramo o 10 miligramos por litro en el producto acabado
- Altramuz, incluidas las semillas de lupino y la harina
- Moluscos, por ejemplo mejillones, ostras, caracoles y calamares